Piso 3 Habitaciones en Llafranc
Llafranc, Palafrugell, Girona
3 habitaciones
2 baños
90 m²
Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Apartamento de 3 dormitorios y 2 baños en segunda planta en Llafranc término de Palafrugell. Es de tipo dúplex, o sea situado parte en la planta segunda y parte en la planta bajo cubierta, teniendo su acceso por medio de escalera interior. Tiene una superficie total construida entre ambas plantas de 90 m², de los que 68 m² están situados en la planta segunda, y 22 m² en la planta bajo cubierta. Ubicación excepcional a pocos minutos de la playa. Palafrugell, en la comarca del Baix Empordà, es uno de los destinos turísticos y de segunda residencia más importantes de las comarcas gerundenses. La localidad de Palafrugell es el centro del municipio, donde también están los otros núcleos costeros como Calella, Llafranc y Tamariu con sus representativas calas. Situado a los pies de les Gavarres, está en la parte central y más característica de la Costa Brava, accidentada por la proximidad de las montañas y por e macizo de Begur. Dispone de una tradición gastronómica extensa y una gran riqueza cultural. Desde Barcelona hasta Palafrugell hay 135 km por la autopista AP7 y a continuación la C-65 y C-31. Desde Girona se accede por la C-66. Llafranc se encuentra a tan solo 5 min en coche desde el centro de Palafrugell. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
#ref:CS-05570-0001
299.000 €
Hace 4 días fotocasa.es
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