Terrenos en Sant Antoni
Sant Antoni, Cullera, Valencia
Lote de suelo urbanizable de 29.072 m² en Cullera, Valencia. de la finca registral 9538 se vende el 29,44 del pleno dominio y de la finca registral 12470 se vende el 63,45 del pleno dominio. Se trata de un activo compuesto por 17 fincas registrales aportadas al futuro Proyecto de Reparcelación con una superficie Total de 29.072,40 m² y una edificabilidad de 18.161,16 m²t. La cuota de participación que conforman estos activos es de 4,2367 en el sector NPR-5and#34; Vega Portand#34; , cuenta con ordenación pormenorizada. Se aprobó el PAI a desarrollar mediante gestión directa. El Proyecto de Urbanización está aprobado definitivamente, si bien, está en proceso de modificación. Existe Agrupación de Interés Urbanístico con el objetivo de defender los intereses de los propietarios frente al Ayto. El activo está afectado por PATIVEL y también por el PATRICOVA. Las obras de urbanización no han sido iniciadas. Las Cargas Urbanísticas aprobadas por el PAI ascienden a 91.879.744,24 para todo el sector, por lo tanto, nos correspondería 3.688.327,23, siendo que está prevista la tramitación de un nuevo PAI. Es, por tanto, una opción interesante para invertir dada las posibilidades que ofrece. Con los servicios de Solvia podrá conocer las posibilidades reales de este suelo y valorar sus posibilidades de inversión. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
#ref:SD-00142-0001
1.140.000 €
Hace +30 días fotocasa.es
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