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    Área
    Tipo de inmueble
    Caracteristicas
    Fecha de publicación

    4 Pisos para venta de 60.000 € hasta 1.800.000 €, en Breda, Girona en el último mes baratos

    11
    Piso  en Breda

    Piso en Breda

    Breda, Breda, Girona
    0 habitaciones
    61 m²
    Descubre esta oportunidad única para unirte a un proyecto de cohabitatge en Breda. Situado a solo 150 metros de la plaza de la Iglesia, esta vivienda cooperativa en cesión de uso ofrece un entorno ideal para personas que valoran el apoyo mutuo y la convivencia. El proyecto consta de 16 viviendas de 60m² cada uno, con uno, dos o tres dormitorios, un baño, una terraza de casi 6m² y un balcón. Además, cuenta con acceso adaptado para personas con movilidad reducida y ascensor. El espacio comunitario es uno de los puntos fuertes de este proyecto, con 420m² destinados en zonas comunes y un gran jardín de 500m². Además, cada vivienda incluye una plaza de aparcamiento. La localidad de Breda es conocida por su belleza natural y tranquilidad, situada a los pies del Montseny y muy bien comunicada. Por Viviendas de una habitación el capital inicial retornable es de 65.000 euros, con una cuota de uso mensual aproximado de 720 euros (sujeta a variaciones según el Euribor y el IPC). Dos habitaciones de 73.000 euros, con una cuota de uso mensual de 810 euros. Y tres habitaciones de 81.000 euros, con una cuota de uso mensual de 905 euros. La provisión de entrega está prevista por noviembre de 2026. Este proyecto no solo es económicamente viable sino también respetuoso con el medio ambiente. No dejes pasar esta oportunidad de unirte en una comunidad que fomenta la convivencia y el apoyo mutuo en un entorno natural privilegiado. Contáctanos para obtener más información y concertar una visita! #ref:27247-1
    73.000 €
    Hace 10 días fotocasa.es
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    Piso 2 Habitaciones en Pages de Baix

    Pages de Baix, Breda, Girona
    2 habitaciones
    1 cuarto de baño
    74 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de 74 m² en venta de 2 dormitorios, situado en la localidad de Breda, provincia de Girona. Construido en 2003, este piso dispone de una superficie construida de 74 m², siendo la útil de 57 m² aproximadamente y se distribuye en salón, cocina, 2 dormitorios y 1 baño. Breda se localiza a 40 minutos de la capital, Girona, comunicada mediante la carretera comarcal GI-552. La zona dispone de equipamiento variado, supermercados, restaurantes, polideportivo, colegio, auditorio, centro de salud, etc. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble s #ref:CS-01152-0001
    74.000 €
    Hace 2 días fotocasa.es
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    Piso 2 Habitaciones en Pages de Baix

    Pages de Baix, Breda, Girona
    2 habitaciones
    1 cuarto de baño
    74 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de 74 m² en venta de 2 dormitorios, situado en la localidad de Breda, provincia de Girona. Construido en 2003, este piso dispone de una superficie construida de 74 m², siendo la útil de 57 m² aproximadamente y se distribuye en salón, cocina, 2 dormitorios y 1 baño. Breda se localiza a 40 minutos de la capital, Girona, comunicada mediante la carretera comarcal GI-552. La zona dispone de equipamiento variado, supermercados, restaurantes, polideportivo, colegio, auditorio, centro de salud, etc. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-01152-0001
    74.000 €
    Hace 2 días fotocasa.es
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