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    Fecha de publicación

    12 Viviendas para venta T2 en El Pont de Vilomara i Rocafort, Barcelona pequeños

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    Piso 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort
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    Piso 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort
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    Piso 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort
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    Piso 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort

    Piso 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort

    El Pont de Vilomara i Rocafort, El Pont de Vilomara i Rocafort, Barcelona
    2 habitaciones
    1 cuarto de baño
    68 m²
    Piso Semi - Nuevo en Pont de Vilomara Características de la vivienda: - Piso de 68m2 construidos y 63m2 útiles. - 2 Habitaciones (Una doble) y 1 Baño completo. - Planta Primera con Ascensor. - Vistas Despejadas. - Balcón - PLAZA DE APARCAMIENTO. Descripción de la propiedad: Este piso, ubicado en localidad de Pont de Vilomara, del año 2006, cuenta con 68m2 construidos,63m2 útiles, Según datos del catastro. El piso consta de 2 habitaciones, una doble, un baño completo, salón comedor con ventanas al exterior y material de aluminio, Balcón, cocina americana. En cuanto al salón, éste es un luminoso e independiente con mucha luz natural. Es un espacio estupendo para disfrutar del tiempo libre... La habitación es grande: Una es doble y la otra individual. En relación a la cocina, es una cocina americana. El inmueble dispone de un baño completo. Además de todo ello, la vivienda dispone de suelo de parquet con gres, cierres de aluminio. En cuanto a la ubicación, la vivienda se encuentra en Pont de Vilomara. Pont de Vilomara es un municipio situado en la comarca del Bages, a 75km de la capital (Barcelona). Está ubicada junto a la naturaleza, a 2km de la confluencia de los ríos Cardener y Llobregat. Sin duda es un lugar ideal para los amantes de la tranquilidad. Visitas sin compromiso. Financiamos tu vivienda hasta al 100%. [IW] #ref:5003
    124.000 €
    125.000 € - 1%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Casa o chalet 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort
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    Casa o chalet 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort

    Casa o chalet 2 Habitaciones en El Pont de Vilomara i Rocafort

    El Pont de Vilomara i Rocafort, El Pont de Vilomara i Rocafort, Barcelona
    2 habitaciones
    1 cuarto de baño
    154 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Casa de segunda mano en venta situado en Rocafort, Barcelona. Cuenta con una superficie de 154 m² distribuidos en 2 dormitorios y 1 baño. Consta de planta baja y dos pisos. Tiene buena comunicación tanto por transporte público como por transporte privado. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CG-95896-0001
    63.000 €
    74.000 € - 15%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Casa o chalet 2 Habitaciones en Rocafort
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