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    Área
    Tipo de inmueble
    Caracteristicas
    Fecha de publicación

    934 Viviendas para venta en Sant Boi de Llobregat, Barcelona baratos

    10
    WhatsApp Image 2024-02-15 at 19.37.27

    Piso 2 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    2 habitaciones
    1 cuarto de baño
    66 m²
    ¡Descubre este acogedor piso en Sant Boi de Llobregat, una joya de 66 metros cuadrados que te enamorará a primera vista! Con dos dormitorios, antes 3, esta vivienda ofrece un espacio versátil que se adapta a tus necesidades, ideal para parejas, familias o aquellos que buscan un hogar acogedor y funcional. La cocina, un espacio luminoso y moderno, se presenta como el corazón de la casa. Con un diseño de concepto abierto, la cocina americana invita a la interacción y la comodidad. Equipada con una isla que no solo ofrece espacio para preparar deliciosas comidas, sino también un lugar acogedor para disfrutar de una cena informal o un desayuno rápido. El amplio salón se integra perfectamente con la cocina, creando un ambiente de amplitud y luminosidad. Los suelos de parquet añaden calidez y estilo, mientras que la carpintería exterior e interior de aluminio garantiza un excelente aislamiento térmico y acústico. El baño, decorado con encanto, cuenta con un plato de ducha y una elegante mampara, proporcionando un espacio funcional y agradable para el cuidado personal. Este encantador piso fue completamente reformado hace tan solo 2 años, por lo que disfrutarás de todas las comodidades y prestaciones de una vivienda moderna. Además, ofrece calefacción y aire acondicionado con bomba frío/calor, asegurando tu confort durante todo el año. Lo mejor de todo es su increíble precio: ¡solo 150.000€! Y para facilitar tu compra, te ofrecemos opciones de financiación que se adaptan a tus necesidades, haciendo realidad el sueño de tener tu propio hogar en Sant Boi de Llobregat. No dejes pasar esta oportunidad única de vivir en un espacio lleno de encanto, comodidad y estilo. ¡Contáctanos hoy mismo para programar una visita y descubrir tu futuro hogar! #ref:ER-SANTBOI
    150.000 €
    Hace +30 días casasapo.es
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    23
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    Piso 3 Habitaciones en Marianao

    Marianao, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    60 m²
    Fincas Prieto te presenta ¡Ático de ensueño en el corazón de Marianao, Sant Boi de Llobregat! ¿Buscas un hogar luminoso, espacioso y con unas vistas impresionantes? ¡No busques más! Este ático de 3 dormitorios en Marianao, Sant Boi de Llobregat, es todo lo que necesitas y más. Imagina disfrutar de: Amplio salón comedor: Un espacio perfecto para relajarte con la familia y amigos, o para disfrutar de una deliciosa comida casera. Cocina reformada: Totalmente equipada con electrodomésticos modernos y encimeras de alta calidad, cocinar será un placer. Tres dormitorios: un dormitorios doble y dos dormitorios individual, todos con luz natural Un baño completo: Un espacio tranquilo y moderno para refrescarte y relajarte. Balcón: Un lugar ideal para disfrutar del aire libre y las impresionantes vistas del barrio. Ubicación inmejorable: Situado en el corazón de Marianao, a solo unos pasos de tiendas, restaurantes, bares y transporte público. Sin ascensor ¿Necesitas financiación? En Fincas Prieto contamos con un departamento financiero donde podemos asesorarte de forma gratuita y sin compromiso para encontrar la hipoteca que mejor se adapte a tus necesidades. ¡No pierdas la oportunidad de vivir en esta fantástica vivienda! Contacta con nosotros y agenda tu visita. Fincas Prieto, tu hogar a tu medida. #ref:99PIS_24
    159.900 €
    Hace 3 días casasapo.es
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    33
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    Piso 4 Habitaciones en Centre - Casco Antiguo

    Centre - Casco Antiguo, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    4 habitaciones
    1 cuarto de baño
    112 m²
    Fincas Prieto les presenta en Exclusiva ¡Piso de 4 habitaciones con terraza en el corazón de Sant Boi de Llobregat! ¿Buscas un piso espacioso y luminoso en una ubicación inmejorable? ¡No busques más! Este fantástico piso de 4 habitaciones en el centro de Sant Boi de Llobregat tiene todo lo que necesitas para vivir con comodidad y estilo. Características: 4 habitaciones: Una habitación doble y tres habitaciones sencillas, perfectas para una familia o un grupo de amigos. Espectacular terraza: Disfruta del aire libre y de las vistas desde tu propia terraza privada. Ideal para relajarse, tomar el sol o comer al aire libre. Balcón Y trastero: Espacio adicional para guardar bicicletas, herramientas o cualquier otro objeto que necesites. 1 baño y 1 aseo: Un baño completo con bañera y un aseo para mayor comodidad. Ubicación inmejorable: En el centro de Sant Boi de Llobregat, cerca de todos los servicios, tiendas, restaurantes y transporte público. Zona comercial: A pocos pasos de las principales calles comerciales de la ciudad. Finca con ascensor: Para mayor comodidad, el edificio dispone de ascensor. Este piso es ideal para: Familias Grupos de amigos Estudiantes Profesionales ¿Necesitas financiación? En Fincas Prieto contamos con un departamento financiero donde podemos asesorarte de forma gratuita y sin compromiso para encontrar la hipoteca que mejor se adapte a tus necesidades. ¡No pierdas la oportunidad de vivir en esta fantástica vivienda! Contacta con nosotros y agenda tu visita. Fincas Prieto, tu hogar a tu medida. #ref:99PIS_25
    219.000 €
    Hace 3 h 6 minutos casasapo.es
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    8
    Piso  en Plaça Catalunya - Vinyets

    Piso en Plaça Catalunya - Vinyets

    Plaça Catalunya - Vinyets, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    0 habitaciones
    50 m²
    REF: 6695554 Descubre este Traspaso de Pastelería con degustación y obrador en Sant Boi de Llobregat, ofrecido por InmoOlaya. Ubicado en el barrio de alta densidad de población de Marianao, en una zona comercial de gran afluencia cerca de la Ronda de Sant Ramón. El local, de estilo moderno y funcional, cuenta con 50 m² y una amplia fachada acristalada. En su interior, encontrarás una sala de venta y degustación con un obrador a la vista (sin sa...lida de humos), espacio de almacenamiento y dos aseos. El aforo interior permite recibir a 12 comensales, aunque no dispone de terraza. Este negocio de panadería ha estado en funcionamiento durante varios años y ha logrado fidelizar a una clientela constante, obteniendo una excelente puntuación en las redes sociales. El traspaso se realiza con todo el equipamiento necesario para empezar a trabajar desde el primer día, incluyendo un horno profesional eléctrico a vapor, cortafiambres, vitrinas expositoras (una de ellas refrigerada), 2 arcones congeladores, frigoríficos verticales, cortadora de pan y todo lo que necesitas para el negocio. Esta es una excelente oportunidad de autoempleo en Sant Boi de Llobregat, en un negocio en pleno funcionamiento y con un gran potencial, todo ello con una inversión inicial baja. El traspaso se ofrece por 17.000 y el alquiler mensual es de 550 más IVA. Gestiona InmoOlaya, la agencia líder en traspasos de negocios, está aquí para ayudarte en todo el proceso. No pierdas esta oportunidad y contáctanos hoy mismo para obtener más información. Recuerda visitar nuestro portal para descubrir una amplia selección de locales en traspaso en Sant Boi de Llobregat.Mostrar #ref:
    17.000 €
    Hace +30 días globaliza.com
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    15
    Piso  en Plaça Catalunya - Vinyets

    Piso en Plaça Catalunya - Vinyets

    Plaça Catalunya - Vinyets, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    0 habitaciones
    18 m²
    REF: 6638128 Descubra una excelente oportunidad de negocio con este traspaso panadería Sant Boi de Llobregat. Sant Boi de Llobregat es una encantadora ciudad ubicada en la provincia de Barcelona, con una rica historia y una vibrante escena turística. Esta panadería se encuentra ubicada en el Mercat Municipal, un lugar de gran afluencia de clientes y actividad comercial. La parada, recientemente reformada, ocupa un espacio de 18,75 m² y cuenta c...on una zona de venta y un área destinada al obrador. Además, está estratégicamente ubicada en un punto visible dentro del mercado, lo que le garantiza una excelente visibilidad y acceso a una amplia base de clientes. El local está totalmente equipado con un horno a gas para la cocción de pan y bollería, así como con mobiliario y elementos necesarios para la venta. También ofrece pan artesanal de alta calidad, proveniente de un reconocido horno de la Colonia Gell. Esta es una oportunidad única para el autoempleo o para expandir su cadena o franquicia en un mercado con gran actividad. Además, es una inversión segura con un costo inicial bajo, lo que le permite comenzar a trabajar desde el primer día y aprovechar el flujo constante de clientes en la zona. El traspaso se ofrece por 21.000 , y además se aplica un canon trimestral de 708 y una cuota mensual de 65 para la Asociación de Comerciantes. Estas condiciones favorables hacen de esta oportunidad una opción muy atractiva y rentable. No pierda la oportunidad de adquirir esta panadería en Sant Boi de Llobregat y formar parte de la próspera industria alimentaria de la zona. Contáctenos en Inmo Olaya para obtener más información y dar el primer paso hacia su éxito empresarial.Mostrar #ref:
    21.000 €
    26.000 € - 19%
    Hace +30 días globaliza.com
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    55 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de segunda mano en venta situado en Sant Boi de Llobregat (Barcelona) Cuenta con una superficie de 55,95 m² distribuidos en 3 dormitorios y 1 baño. Se localiza en la quinta planta de un edificio residencial y en sus inmediaciones dispone de todo tipo de servicios. Tiene buena comunicación tanto por transporte público como por transporte privado. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CG-37551-0001
    59.200 €
    64.400 € - 8%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    78 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado por persona sin justo título. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de 79 m² en venta, situado en la localidad de Sant Boi de Llobregat, provincia de Barcelona. Construido en 1965, este piso dispone de una superficie aproximada de 79 m² y se distribuye en salón, cocina, 3 dormitorios y 1 baño. Buenas comunicaciones, a pocos metros de la parada de autobús con la línea SB1 y próxima a los accesos viarios C-245 y BV-2004. La zona dispone de equipamiento variado, centro de salud, restaurantes, instituto, supermercado, etc. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:A0-60868-0001
    73.400 €
    79.800 € - 8%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    61 m²
    Encantador piso de 61,43 m2 ubicado en el corazón de Sant Boi de Llobregat Este acogedor inmueble, construido en 1965, se encuentra en la sexta planta sobre rasante, ofreciendo vistas panorámicas de la ciudad. on tres dormitorios y un baño, es perfecto para una familia o como inversión. Su ubicación céntrica proporciona acceso rápido a servicios, tiendas y transporte público. No pierdas la oportunidad de hacer de este piso tu hogar o inversión en una zona vibrante y de gran demand - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-07060-0001
    75.700 €
    90.300 € - 16%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    15
    Piso  en Plaça Catalunya - Vinyets

    Piso en Plaça Catalunya - Vinyets

    Plaça Catalunya - Vinyets, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    0 habitaciones
    440 m²
    REF: 6554540 En Inmo Olaya tenemos para ti este increíble traspaso cocina industrial Sant Boi de Llobregat, con salida de humos, situada en la provincia de Barcelona, es un importante centro logístico y empresarial con excelentes conexiones de transporte público y carreteras, además de un amplio abanico de opciones turísticas. El local se encuentra ubicado en un edificio mixto de uso residencial e industrial, con acceso directo para vehículos d...e carga y descarga. Con una superficie diáfana de 440 m² en una sola planta, el local cuenta con vestuario, zona de obrador, oficina con baño separado, cámaras frigoríficas y todo lo necesario para comenzar a trabajar desde el primer día. La cocina industrial se encuentra completamente equipada con 3 cámaras congeladoras, 2 cámaras de frío, campana extractora profesional, cocina encimera de 4 fuegos a gas ciudad, túnel de lavado, CCTV y alarma conectada. Además, el local fue reformado recientemente para cumplir con las normativas requeridas y es utilizado actualmente para la elaboración de empanadas. Esta es una gran oportunidad para una empresa que necesite una cocina u obrador de estas características a un precio de alquiler asequible. El traspaso es 80.000 e incluye RSI y el alquiler es de 1.500 /mes sujeto a 10 años de contrato. No pierdas la oportunidad de invertir en esta cocina industrial en Sant Boi de Llobregat. Contáctanos para obtener más información y/o agendar una cita en nuestras oficinas. Traspaso Cocina Industrial Sant Boi de Llobregat: no te lo pierdas! Gestionado por InmoOlaya.Mostrar #ref:
    80.000 €
    Hace +30 días globaliza.com
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    15
    Piso  en Centre - Casco Antiguo

    Piso en Centre - Casco Antiguo

    Centre - Casco Antiguo, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    0 habitaciones
    150 m²
    REF: 6990788Si estás buscando un negocio con solidez y en una ubicación inmejorable, InmoOlaya te presenta el Traspaso de una Ferretería en Sant Boi de Llobregat, una de las localidades más dinámicas y con mejor proyección de la provincia de Barcelona.Sant Boi de Llobregat es una ciudad con una rica historia y un vibrante presente. Es una mezcla perfecta entre la tradición catalana y la modernidad, con una creciente población que valora las compras locales y el trato cercano. Justamente en el corazón comercial de esta hermosa localidad, se encuentra esta ferretería de prestigio.Aspectos destacados del negocio:Local Espacioso: Con 150 m², el local tiene un diseño abierto y luminoso que facilita la exhibición de productos y proporciona un ambiente agradable para los clientes.Ubicación Estratégica: Situada en la mejor zona comercial de Sant Boi de Llobregat, garantiza un flujo constante de clientes y un negocio próspero.Totalmente Equipado: La ferretería se traspasa con todo el equipo y las existencias, lo que significa que el nuevo propietario podrá comenzar a trabajar y facturar desde el primer día.Renta y Condiciones Atractivas: Con un traspaso de 81.000 y alquiler mensual de solo 930 y un contrato de 10 años, este negocio ofrece estabilidad y un excelente retorno de inversión.Además del atractivo local y las condiciones de traspaso, cabe destacar el potencial de crecimiento de esta ferretería. Sant Boi de Llobregat está en pleno auge turístico y comercial, y el flujo de clientes solo tiende a aumentar.InmoOlaya, como líder en el sector inmobiliario de traspasos, te invita a considerar esta excepcional oportunidad de inversión en Sant Boi de Llobregat. Nuestro equipo de expertos te acompañará en cada paso del proceso, garantizando una transición fluida y exitosa.Si estás listo para dar el próximo paso en tu carrera empresarial, no busques más. Contacta con nosotros hoy mismo y descubre todo lo que esta ferretería en traspaso puede ofrecerte. Te esperamos! #ref:6990788
    81.000 €
    Hace +30 días habitaclia.com
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    67 m²
    Piso de 67 m2 y 53,95 m2 utiles situado en edificio de tres plantas sobre rasante ubicado en el municipio de Sant Boi de Llobregat, provincia de Barcelona. Construido en el año 1957 , sin ascensor, presenta una distrucion de salon comedor cocina, tres dormitorios y un baño. Situado en zona urbana, bien comunicada, rodeado de edificios de similares caracteristicas, con todos los servicios cercanos, - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-01256-0001
    81.100 €
    88.100 € - 8%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    78 m²
    Piso de 78,9 m2 situado en edificio de 5 plantas sobre rasante ubicado en la ciudad de Sant Boi de Llobregat provincia de Barcelona construido en el año 1965 presenta una distribución de 3 dormitorios y un baño con salón comedor y cocina. situado en una zona urbana bien comunicada y rodeada de edificios de similares características con todos los servicios cercanos propios del municipio - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-18038-0001
    81.100 €
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    78 m²
    Vivienda piso situado en un edificio residencial en el municipio de Sant Boi de Llobregat, en la provincia de Barcelona. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-03147-0001
    81.200 €
    88.300 € - 8%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 4 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    4 habitaciones
    1 cuarto de baño
    89 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Vivienda en el municipio de Sant Boi de Llobregat, provincia de Barcelona. Edificio construido en el año 1965 sin ascensor compuesto de cuatro plantas sobre rasante. El inmueble se encuentra en una zona tranquila, rodeado por viviendas residenciales de similares características. Cuenta con una superficie de 89,09 m2 incluida su pp.zz.cc. distribuyéndose en salón comedor, cocina, cuatro dormitorios, un baño y galería lavadero. Cuenta con fácil acceso a la carretera y otros nudos de comunicación. Cercano a establecimientos y comercios de la zona. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-05618-0001
    82.400 €
    96.900 € - 15%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 3 Habitaciones en Camps Blancs - Casablanca - Canons

    Camps Blancs - Casablanca - Canons, Sant Boi de Llobregat, Barcelona
    3 habitaciones
    1 cuarto de baño
    77 m²
    Vivienda en el municipio de Sant Boi de Llobregat, provincia de Barcelona. El inmueble se encuentra en una zona tranquila, rodeado por viviendas residenciales de similares características. Cuenta con fácil acceso a la carretera y otros nudos de comunicación. Cercano a establecimientos y comercios de la zona. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-13471-0001
    84.000 €
    91.300 € - 8%
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