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    Fecha de publicación

    138 Inmuebles para venta en Centelles, Barcelona pequeños

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    Piso 4 Habitaciones en Centelles
    15
    Dúplex 3 Habitaciones en Centelles
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    Piso 3 Habitaciones en Centelles

    Piso 3 Habitaciones en Centelles

    Centelles, Centelles, Barcelona
    3 habitaciones
    2 baños
    104 m²
    **Oportunidad Única en Centelles: Piso Céntrico y Totalmente Equipado** Buscas el hogar ideal para tu familia? Este piso de 3 habitaciones es justo lo que necesitas. Ubicado en una zona cómoda y céntrica, a solo 1 minuto del Bon Preu y a 2 minutos de la plaza del pueblo, te ofrece la mejor calidad de vida. La vivienda cuenta con 87 m² útiles y 104 m² construidos, distribuidos en una sala de estar comedor amplia con salida al balcón, una cocina alargada también con balcón, y un recibidor que separa las áreas comunes del pasillo hacia las habitaciones. Disfrutarás de la comodidad de una habitación suite con vestuario y baño con bañera, además de una segunda habitación con salida al lavadero. Un baño adicional completa la distribución de la vivienda. Todo esto se complementa con una terraza donde podrás disfrutar de momentos al aire libre. Necesitas espacio extra? Incluye un trastero de 7 m². El piso se entrega totalmente equipado y amueblado, listo para que te mudes sin preocupaciones. La calefacción es a través de una bomba de frío/calor de gas natural, garantizando tu confort en cualquier estación del año. Situado en la planta 1 de un edificio con ascensor y plaza de garaje incluida en el precio, la comodidad y accesibilidad están aseguradas. Construido en el año 2008 y en buen estado de conservación, este piso es una opción perfecta tanto por su ubicación como por su equipamiento. No dejes pasar esta oportunidad de vivir en un lugar donde tendrás todo lo que necesitas a tu alcance. Te interesa? Contáctanos y agenda una visita! #ref:82528
    178.000 €
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Piso 3 Habitaciones en Centelles

    Piso 4 Habitaciones en Centelles

    Centelles, Centelles, Barcelona
    4 habitaciones
    2 baños
    106 m²
    Piso en CENTELLES(Barcelona) - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. E #ref:CS-18034-0001
    124.000 €
    Hace +30 días fotocasa.es
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